San José, 27 de enero 2014
DGTCC-049-2014
LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLE DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA, INFORMA A USUARIOS Y PÚBLICO EN GENERAL:
En virtud de la reforma establecida en el decreto ejecutivo Nº 38030-MINAE, para tramitar el permiso de transporte de combustible para una unidad articulada, ya no es necesario aportar la documentación relativa al cabezal o tractocamión, siendo suficiente que se tenga como obligatorio, que el cabezal o tractocamión usado para remolcar el cisterna, cumpla con la normativa correspondiente, específicamente con lo dispuesto en la Ley N° 9078 “Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial” del 4 de octubre del 2012 y en el Decreto Ejecutivo Nº 31363-MOPT “Reglamento de Circulación por Carretera con Base en el Peso y las Dimensiones de los Vehículos de Carga” del 2 de junio del 2003. Asimismo, el decreto 31363-MOPT, establece en su artículo 14 que: “El Permiso de Pesos y Dimensiones. Al vehículo articulado como tal no se les extenderá el Permiso de Pesos y Dimensiones, pero sí al tractocamión o cabezal que forma parte del mismo.”
Por tanto, el requisito establecido en el Decreto 36.627-MINAET en su artículo 6, sobre aportar o verificar que la unidad de transporte, cuente con el permiso de pesos y dimensiones del MOPT, no es aplicable a los cisternas de transporte de combustible, pero sí, a las unidades integradas.
Por otro lado, se aclara, que el requisito establecido en el artículo 6 inciso h) que establece:
“h) Una copia del certificado del aforo de la cámara de expansión de cada uno de los compartimientos del tanque de la unidad de transporte de combustible, emitido por el Laboratorio Costarricense de Metrología del MEIC o un ente debidamente acreditado o reconocido según lo establece el artículo 9, inciso i) de la Ley Nº 8279 “Ley del Sistema Nacional para la Calidad” del 2 de mayo del 2002.”
No aplica a las unidades de transporte de Gas (GLP), ya que dicho requisito, sólo es técnicamente aplicable, a las unidades de transporte de combustibles líquidos.
Lic. José Francisco Rojas Esquivel
Director General
cc. Archivo/consecutivo
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